Número 65

38 39 autoridades de la Tribu Yaqui (tradicionales y consagrados). Desde nuestra perspectiva y ex- periencia esto representa poner el centro de atención en la problemática y justo reclamo y de- rechos de los yoeme , donde resulta evidente que han sido funcionarios, instituciones y diversos intereses particulares los que han operado por años en la división interna de este pueblo; sin embargo, esta gran atención a las necesidades de los y oeme pone en evidencia también la falta de atención y apoyo a las necesidades y reclamos del resto de los otros pueblos originarios, no sólo de Sonora, sino de todo el país. Si bien el impacto de la pandemia del coro- navirus impactó profundamente a nuestro país, y tratando de dar respuesta a las exigencias de la presidencia de la República con respecto a la atención a los yoeme , procurando mantener las medidas de higiene y sana distancia, a lo largo del año 2020 se avanzó en el desarrollo de este proceso de diálogo, de manera tal que el 27 de octubre se publica en el Diario Oficial de la Fede- ración la creación de la Comisión Presidencial de Justicia para el Pueblo Yaqui de Sonora. A pesar de lo reciente de su emisión y de los impactos ne- gativos de la pandemia en términos de la acción gubernamental hacia las comunidades, se plan- tea que esta Comisión y su programa de acción, orientado en primer lugar hacia la atención de las demandas y necesidades de los yaquis, puede ser ampliado y replicado, en el resto de los pueblos originarios, como se señala en el artículo 4to: Para el cumplimiento de su objeto, la Comi- sión tendrá las siguientes funciones: I. Investigar y realizar trabajos técnicos e in- formativos, encaminados a analizar la situación jurídica y social que guardan las tierras, terri- torios y aguas del Pueblo Yaqui y, en su caso, de los demás pueblos indígenas reconocidos en el país, así como las condiciones de desarrollo de las comunidades que los integran; II. Solicitar a las dependencias, entidades e instituciones públicas de los tres órdenes de gobierno, que en el ámbito de sus respec- tivas competencias les correspondan, infor- mación relacionada con el cumplimiento del objeto del presente Decreto, quienes deberán proporcionarla de conformidad con las leyes aplicables; III. Proponer y emitir informes al Titular del Ejecutivo Federal que sirvan como base para la toma de decisiones, tendientes a ga- rantizar la justicia al Pueblo Yaqui y, en su caso, a los pueblos indígenas reconocidos en el país, sobre sus necesidades de tierra, terri- torio, agua y desarrollo integral; IV. Analizar las acciones que sean necesa- rias para hacer efectivas las medidas de justi- cia a favor del Pueblo Yaqui y, en su caso, de los pueblos indígenas reconocidos en el país; V. Proponer las acciones de análisis y di- seño para el desarrollo integral del Pueblo Yaqui y, en su caso, de los pueblos indígenas reconocidos en el país; VI. Solicitar la coadyuvancia de institucio- nes académicas, instancias de gobierno u or- ganismos de la sociedad civil para sustentar sus informes y propuestas, y VII. Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de su objeto. 4 Al respecto de lo anterior debo señalar en primer lugar que admiro, respeto y reconozco el derecho y los reclamos sostenidos a lo largo del tiempo por los miembros de la Tribu Yaqui y que espero sinceramente que encuentren la respues- ta y el apoyo necesarios para seguir viviendo y preservando su valiosa cultura y tradiciones, sin embargo me parece que someter planes y pro- gramas de justicia “y en su caso” para el resto de los pueblos originarios del país, resulta al me- nos algo incongruente con lo planteado justo en la etapa anterior, previa a la creación del INPI, donde se buscaba en lo específico el desarrollo de todos y cada uno de los pueblos; pareciera 4 Véase: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5603578&- fecha=27/10/2020. Recuperado en marzo de 2021. Isla de Lobos, territorio tradicional yoeme. Fuente: Alejandro Aguilar (2019). Reunión organizativa para el Programa de Justicia Yaqui, Pótam, Río Yaqui. Fuente: Alejandro Aguilar (2019).

RkJQdWJsaXNoZXIy MTA3MTQ=