Número 59

5 Fuente: http://www.granma.cu/mundo/2019-01-11/bolivia-un-antes-y-un-despues-de-evo-morales-11-01-2019-18-01-18 es una síntesis de su estudio sobre el uso del ar- bitraje supranacional por parte de las empresas mineras en contra de diversos gobiernos latinoa- mericanos, a propósito de casos específicos, entre ellos dos casos mexicanos. Y es que, como afir- man los autores, en el contexto del renegociado tratado de libre comercio entre México, Estados Unidos y Canadá (el llamado T-MEC), ha habido poco debate sobre cómo el régimen para la pro- tección de las inversiones transnacionales soca- va la soberanía nacional y la autodeterminación y bienestar de los pueblos afectados por sectores tales como la minería. En el caso de México, un antecedente es el derecho que se brindó por pri- mera vez en 1994 a los inversionistas extranjeros con la introducción del Tratado de Libre Comer- cio de América del Norte (TLCAN), permitiendo así recurrir al arbitraje supranacional y demandar al Estado cuando las empresas consideran que al- guna política pública o medida, por ejemplo, para proteger a una comunidad o al ambiente, daña sus inversiones y sus expectativas de ganancias. La protección al capital tiene entonces preminencia sobre la protección al bien común. A su vez, Cecilia Vázquez Ahumada, en su artí- culo “¿Atestiguar o convalidar?”, y desde su expe- riencia en el campo de los peritajes antropológicos, comparte su narrativa en torno a los claroscuros de un proceso de consulta llevado a cabo el pasado 26 de julio en la Sierra Norte de Puebla por el recien- temente creado Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI), respecto a la posibilidad de mo- dificar la Constitución en cuanto a lo que atañe a los pueblos originarios, proceso en el cual se hizo manifiesta la fuerza de sus movimientos sociales en el Estado de Puebla, y a través de las expresio- nes de los nahuas, totonacos, tepehuas y otomíes de la Sierra Norte de Puebla, se hizo evidente que conocen sus necesidades, y entre ellas, la de ser respetados en su integridad cultural y ciudadana. La sola relación consignada de dichas necesidades hace patente la claridad reflexiva y expositiva de los participantes. Por su parte, Esperanza Muñoz, en su traba- jo “San Martín de las Pirámides, Pueblo Mágico” presenta un estudio de caso enfocado a dicha población en el marco de su adscripción a esa condición turística, lo que eso implica en tér-

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