Número 47
67 Entre la teoría jurídica y la antropología aparece entonces un vínculo discursivo que lleva al operador del litigio estratégico a plantearse la ne- cesidad de sostener su argumentación relativa a los derechos humanos, sobre la particularidad o diferencia cultural que reviste el derecho colec- tivo de los pueblos y comunidades indígenas. De esta manera el hecho de que los wixáritari se opongan de manera directa a los intereses eco- nómicos que la empresa minera First Majestic Silver ha fincado sobre los recursos minerales del subsuelo correspondiente a un área aproximada a las 220,000has de tierra, de las cuales 140,000has aproximadamente co- rresponden a una extensión entre municipios de la sierra y altiplano del estado de San Luis Potosí por la cual transitan en su peregrinar constan- te hacia Wirikuta , precisamente con la intención de propiciar el sostén de las relaciones equivalentes necesarias para que los distintos seres del cosmos mantengan su lugar y no se quebrante entonces el orden cósmico íntimamente vinculado a los campos ecológico y antropológico, y deman- den su derecho a preservar intacta dicha zona, ha representado un reto teórico-metodológico en la implementación de este tipo de litigios. Una de las tantas respuestas que se han implementado para la resolu- ción favorable de este asunto y que permita a los wixáritari mantener su peregrinar constante a Wirikuta , así como proteger la zona de la devas- tación ecológica que supone la extracción de mineral bajo el método de corte a destajo y lixiviación a implementarse por la First Majestic Silver , ha sido que en febrero de 2012 se solicitó por parte de la Asociación Civil jalisciense AJAGI la elaboración de un peritaje antropológico en el que se dictaminara sobre la relación que guardan las distintas rutas a Wirikuta con el orden cosmológico en el que significan su peregrinar los wixáritari , asimismo sobre el impacto cultural que acarrearía el hecho de la que First Majestic Silver iniciara la etapa de extracción del mineral localizado en las vetas que trazan el subsuelo del Cerro Quemado y sus inmediaciones. 18 En este documento se presentó evidencia de lugares portadores de subje- tividad y posicionados en el orden cosmológico según lo explican las propias autoridades en la materia, los mara´akame . De hecho fueron ellos mismos los que posteriormente elaboraron toda una argumentación al respecto y que presentaron al público en general como Peritaje Tradicional intitulado “Mensaje de las Deidades”, desde el cual explicaron a la sociedad nacional en su conjunto la importancia que reviste para el orden universal un sitio tan extenso como el que defienden, que en conjunto a otros cuatro puntos indi - cativos representan los pilares que sostiene al mundo como lo conocemos. 19 Tanto en el peritaje elaborado por los especialistas como en el presen- tado por los peritos prácticos ( mara´akame ), 20 se dejó en claro que lo que la ideología que representa, entre formas de chamanismo y formas de caza. Después, me sorprendió cuando la gente me señaló que eso sonaba muy marxista […] nunca leí eso, simple- mente, me parecía evidente. La mayor parte de las referencias son a la caza, por la terminolo- gía, los elementos del traje del chaman, un montón de cosas y, sobre todo, la visión del mundo, la actitud frente a los animales” (Hamayon, 2011: 168). 18 Peritaje antropológico realizado por el Dr. Paul Liffman (COLMICH) y el Antrop. Víctor Hugo Villanueva (INAH), Juicio de Amparo: 819/2011-VI. 19 Estos puntos indicativos constituyen sitios ceremoniales en la cosmología wixárika : 1- Chapala. La isla de los Alacranes (Jalisco); 2- Cerro Gordo (Durango); 3- San Blas (Nayarit); 4- Wirikuta (San Luis Potosí); 5- Tekaata (Jalisco). También véase Liffman (2011). 20 Nótese cómo opera en el campo de la técnica jurídica, la subsunción epistemológica
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