Número 47

15 za, chile y papa y, en menor medida, por ganado caprino. Sin embargo, el ingreso es cada vez más dependiente de una economía asalariada basada en el empleo temporal agrícola-migrante, transferencias gubernamenta- les y mano de obra asalariada local en tala, minería, ganadería, cultivo de enervantes (amapola y cannabis ), así como empleo en servicios turísticos. En este sentido, la legislación internacional en la materia indica que en los Estados independientes se han de reconocer a los pueblos indígenas y tribales como aquellos portadores de formas singulares de organización, producción y cosmovisión, asentados en el territorio nacional previo al proceso de coloniaje: Artículo 1 1. El presente Convenio se aplica: a) a los pueblos tribales en países independientes, cuyas condiciones sociales, culturales y económicas les distingan de otros sectores de la colectividad nacional, y que estén regidos total o parcialmente por sus propias costumbres o tradiciones o por una legislación especial: b) a los pueblos en países independientes, considerados indígenas por el hecho de descender de poblaciones que habitaban en el país o en una región geográfica a la que pertenece el país en la época de la conquista o la colonización o del establecimiento de las actuales fronteras esta- Mapa municipios de la Alta y Baja Tarahumara. Tomado de Gabriela Gil, autor: J. Alexis Ascencio Lárraga, 2015.

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